SIPRP posee gabinetes médicos completamente equipados en su sede del Edificio Palmela, en Lisboa, donde se encuentra su Dirección Clínica, con Especialidad en Medicina del Trabajo.
Además de eso, y puesto que tiene la posibilidad de prestar el servicio en todo el territorio nacional, cuenta con una red de Médicos del Trabajo, Enfermeros y Laboratorios de análisis clínicos contratados con capacidad de poder prestar el servicio dentro de los parámetros de calidad que exige.
También tiene capacidad para hacer desplazar a Médicos del Trabajo a las empresas, siempre que estas posean un gabinete médico propio con las condiciones mínimas definidas por las entidades competentes.
La Dirección Clínica de SIPRP diseña protocolos médicos adecuados a los riesgos a que están expuestos los trabajadores de sus empresas clientes, sin excluir, incluso, la posibilidad de que sean hechas otras pruebas diagnósticas complementarias de acuerdo con los riesgos específicos de cada actividad, como pueden ser los trabajadores expuestos a factores de riesgo físicos (como ruido, estrés térmico, iluminación, entre otros), químicos (por ejemplo, polvos, gases y vapores, entre otros) o biológicos (bacterias, hongos, levaduras, entre otros).
SIPRP está autorizada por la DGS – Dirección General de Salud para la prestación de servicios externos de Salud en el Trabajo, incluyendo la actividad en el sector industrial, en el sector del comercio y servicios y las siguientes actividades de alto riesgo:
- Trabajos en obras de construcción, excavación, movimiento de tierras, túneles, con riesgos de caídas en altura o soterramientos, demoliciones e intervenciones en líneas de ferrocarril y carreteras sin interrupción del tráfico;
- Actividades que impliquen el uso o almacenamiento de cantidades significativas de productos químicos peligrosos que puedan causar accidentes graves;
- Actividades relacionadas con la exposición a agentes cancerígenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción;
- Actividades relacionadas con la exposición a agentes biológicos del grupo 3 y 4;
- Trabajos que impliquen riesgo de sílice;
- Actividades que impliquen contactos con corrientes eléctricas de media y alta tensión.